El Consistorio ha puesto en marcha un conjunto de bonificaciones en la tasa de recogida de residuos urbanos con el objetivo de incentivar el reciclaje, el compostaje doméstico y el uso responsable del Punto Limpio (Ecoparque), además de apoyar a colectivos vulnerables como las personas mayores y las familias con rentas bajas.
Estas medidas forman parte de la nueva ordenanza fiscal que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2026, de obligada actualización por la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Todas las reducciones son acumulables hasta un máximo del 50% sobre la tasa anual y podrán solicitarse en los plazos establecidos para cada modalidad.
Bonificaciones disponibles
1) 30% de reducción para mayores de 65 años
Motivos que sostienen esta reducción: Apoyo a una población vulnerable.
Criterios a tener en cuenta:
Empadronamiento (donde se demuestre que el propietario del inmueble tiene fijada en dicha vivienda su residencia habitual). No será necesario que el interesado aporte el certificado de empadronamiento cuando este dato ya obre en poder del Ayuntamiento.
Esta reducción se aplicará de oficio (La realiza el Ayuntamiento)
2) 40% de bonificación para hogares con ingresos iguales o inferiores al SMI.
Criterios a tener en cuenta:
La reducción será a instancia del interesado de carácter anual (tanto la petición como la duración).
Se considerarán requisitos, que se cumpla con los criterios de renta establecidos en la tabla aportada que en este caso es un ejemplo del año 2025.
Se entenderá por unidad familiar:
La compuesta por una única persona o bien una pareja de hecho o matrimonio junto con los hijos menores de edad dependientes de estos o aquellos que sean mayores que se encuentren incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Las familias monoparentales, aquellas formadas por un solo progenitor, cualquiera que sea su estado civil, con uno o más hijos (que cumplan con lo que describe el punto anterior). Se considerará también a aquella familia procedente de un divorcio o separación legalmente reconocida siempre que exista guardia y custodia.
Documentación necesaria para la unidad familiar:
Libro de familia
Certificado de empadronamiento
En su caso, certificado de discapacidad de hijos mayores
En su caso, sentencia judicial de divorcio, convenio regulador o resolución administrativa de custodia.
Documentación necesaria para la renta:
Declaración del IRPF correspondiente al último ejercicio fiscal disponible y/o Certificados de ingresos y retenciones emitidos por la Agencia Tributaria.
Certificado de prestaciones o pensiones públicas en su caso.
En caso de divorcio o separación, justificante de la pensión alimenticia percibida: resolución judicial o convenio regulador.
Estar al corriente de sus deudas tributarias.
Plazo para solicitar la reducción:
Desde 24/10/2025 hasta 30/11/2025
Ampliación excepcional hasta 31/12/2025
Se faciltará Modelo de Solicitud de Renta (formulario)
A modo de ejemplo respecto al año 2025: En el caso de una sola persona, los ingresos anuales no podrán superar el Salario Mínimo Interprofesional (16.576 euros). Para una unidad familiar de dos personas, el límite será de 27.350,40 euros. En los hogares de tres miembros, el tope se fija en 37.296 euros. En familias de cuatro personas, el umbral asciende a 43.926,40 euros. Para unidades familiares de cinco o más integrantes, el máximo será de 49.728,80 euros.
3) Reducción del 15% por uso del contenedor marrón
Criterios a tener en cuenta:
Empadronamiento (donde se demuestre que el propietario del inmueble tiene fijada en dicha vivienda su residencia habitual). No será necesario que el interesado aporte el certificado de empadronamiento cuando este dato ya obre en poder del Ayuntamiento.
La reducción será rogada y de carácter anual, tanto la petición como la duración. Estar al corriente de sus deudas tributarias
Plazo para solicitar la reducción:
Desde 24/10/2025 hasta 30/11/2025
Disposición Transitoria Única: Reconocimiento diferido: Ampliación conforme se active el servicio
Se faciltará Modelo de Solicitud (formulario)
4) Reducción del 15% por uso de compostaje doméstico
Criterios a tener en cuenta:
La reducción será de carácter rogada.
El plazo de reducción será de 3 años y aquel que haga uso de la misma, deberá presentar una instancia junto con una declaración responsable en la que argumente:
Manifestación expresa de que realiza compostaje
Aportará factura de compra de la compostadora doméstica
Estar al corriente de sus deudas tributarias
Certificado de Empadronamiento (donde se demuestre que el propietario del inmueble tiene fijada en dicha vivienda su residencia habitual). No será necesario que el interesado aporte el certificado de empadronamiento cuando este dato ya obre en poder del Ayuntamiento.
Plazo para solicitar la reducción:
Desde 24/10/2025 hasta 30/11/2025
Ampliación excepcional hasta 31/12/2025
Se faciltará:
Modelo de Declaración Responsable
Modelo de Solicitud (formulario)
5) Reducción del 10-15-20% por uso del punto limpio (Ecoparque)
Criterios a tener en cuenta:
La reducción será de rogada y de carácter anual tanto la petición como la duración.
Documentación verificable donde se compruebe y justifique el número de aportaciones anuales.
Certificado de Empadronamiento (donde se demuestre que el propietario del inmueble tiene fijada en dicha vivienda su residencia habitual). No será necesario que el interesado aporte el certificado de empadronamiento cuando este dato ya obre en poder del Ayuntamiento.
Estar al corriente de sus deudas tributarias.
Plazo para solicitar la reducción:
Desde 15/12/2025 hasta 15/02/2026
Estipulación del porcentaje a reducir
1 o 2 visitas: 10%
3 o 4 visitas: 15%
Más de 4 visitas: 20%
Se faciltará Modelo de Solicitud (formulario)
6) Reducción del 15-30% para empresas de distribución alimentaria y restauración
Criterios a tener en cuenta:
Acreditar la disposición de sistemas de gestión que reduzcan de forma significativa los residuos alimentarios, mediante el establecimiento de convenios de colaboración con entidades sociales que realicen apoyo alimentario a colectivos en situación de vulnerabilidad social.
Que figuren de alta en los siguiente epígrafes del IAE y represente su actividad principal. Grupos: 641, 642, 644, 645, 647, 671. Epígrafes: 662.1 y 677.9.
Se entenderá por residuos alimentario los definidos en el artículo 2.ap) de la Ley 7/2022 de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Se entenderá por entidades de economía social carentes de ánimo de lucro aquellas que:
Legalmente constituidas, tengan carácter social, inscritas en el registro de asociaciones que corresponda según su ámbito territorial, registro de asociaciones y entidades ciudadanas del Ayuntamiento.
Criterios a tener en cuenta:
La reducción será de carácter rogada y se deberá presentar con la instancia, declaración responsable firmada por ambas partes y el convenio de colaboración.
Plazo para solicitar la reducción:
Desde 15/12/2025 hasta 15/02/2026
Estipulación del porcentaje a reducir
Entre 0 y 4.800 kilogramos reciclados: 10%
Más de 4.800,01 kilogramos reciclados: 15
Se facilitará:
Modelo del Convenio de Colaboración
Declaración Responsable
Modelo de solicitud (formulario)
Con estas bonificaciones, el Consistorio busca fomentar la economía circular y la colaboración ciudadana en la separación y gestión responsable de los desechos.